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Prórroga alerta sanitaria y sus efectos en la normativa laboral

El jueves 23 de marzo recién pasado, se publicó en el Diario Oficial el Decreto N° 10 del Ministerio de Salud, que prorrogó hasta el 31 de agosto de 2023 el estado de alerta sanitaria vigente en Chile.

Dicha prórroga supone importantes efectos en la normativa laboral vigente, destacando los siguientes:

  1. Se extiende la vigencia de la Ley N° 21.342, que, entre otras cosas, obliga al empleador a implementar la modalidad de trabajo a distancia (o teletrabajo) respecto de trabajadores que sean parte de la población de riesgo, como también a contratar bajo su cargo un seguro de salud COVID-19 en favor de todos sus trabajadores.
  2. Se mantiene en aplicación el art. 202 inc. 3° del Código del Trabajo que ordena al empleador ofrecer a las trabajadoras embarazadas la posibilidad de ejercer sus labores a distancia, o mediante teletrabajo, cuando la naturaleza de sus funciones así lo permita. Si sus funciones no pueden ser ejercidas a distancia, la normativa señala que el empleador deberá destinar a la trabajadora a funciones que no impliquen contacto con terceros.
  3. Finalmente, sigue vigente el art. 206 bis del Código del Trabajo,  que ordena al empleador ofrecer la modalidad de trabajo a distancia, o teletrabajo a los trabajadores que tengan bajo su cuidado un niño o niña en etapa preescolar, entre otras cosas.

Cabe señalar que la prórroga de la alerta sanitaria obedeció no sólo a la situación de pandemia respecto del virus COVID-19, sino también al aumento de casos de influenza y a la exposición al virus de la gripe aviar.

La extensión de las medidas enumeradas puede significar una disminución importante en el nivel de exposición de estos trabajadores a dichas enfermedades, contribuyendo así a evitar una eventual sobrecarga en el sistema nacional de salud.

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