Licencias Médicas: Claves de la Ley 21.746 para Empresas

Esta semana se publicó la Ley N°21.746, la cual viene a regular de manera más acabada la emisión y uso de licencias médicas, reformando diversos cuerpos normativos. Si bien la mayor parte de la normativa regula la emisión de licencias médicas por parte de los profesionales de la salud, VMU Abogados destaca tres puntos claves que inciden directamente en la gestión de personas al interior de las empresas, según se detalla a continuación:

  1. Notificación obligatoria al empleador ante licencias falsas

Si la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) acredita a partir de una investigación que una licencia médica fue emitida sin fundamento médico, deberá notificar al empleador del trabajador beneficiario.

Lo anterior tendrá como efecto práctico que el área de Recursos Humanos de la empresa recibirá un aviso oficial que permite reaccionar de inmediato ante la conducta del trabajador, aplicando las medidas disciplinarias que estime necesarias.

  1. Registro público de sanciones a profesionales de la salud

La SUSESO habilitará un registro en línea con las sanciones aplicadas a los emisores de licencias médicas. Tanto prestadores como empleadores pueden consultarlo libremente.

Gracias a esto, la empresa puede verificar la reputación de los profesionales que atienden a sus trabajadores y reforzar los controles de veracidad de las licencias.

  1. Nuevo delito de uso de licencias médicas falsas

Se incorpora dentro del artículo 202 del Código Penal el delito de uso malicioso de licencias médicas falsas con penas de reclusión menor y multas de hasta 250 UTM.

Con este nuevo delito, las empresas cuentan con un sustento legal adicional para aplicar sanciones internas y/o presentar querellas.

 

En base a la nueva normativa incorporada, VMU Abogados recomienda tomar las siguientes medidas a los departamentos de RRHH de las empresas:

  • Actualizar el Reglamento Interno para tipificar expresamente la presentación de licencias falsas como falta gravísima.
  • Definir un protocolo interno para responder a las notificaciones de la SUSESO.
  • Incorporar la consulta del registro en línea al momento de analizar licencias médicas prolongadas o reiteradas.

Más artículos

Circular N°38 del SII y bloqueo de clave tributaria

Esta semana, la Dirección del Trabajo publicó el Dictamen N°213/07, el cual determina el sentido y alcance del nuevo artículo 22 inciso 1° del Código del Trabajo, y resuelve otras consultas referente a horarios y turnos pactados en contratos individuales y/o colectivos de trabajo. En dicho Dictamen, se establecieron las siguientes definiciones y conceptos a tener en cuenta por los empleadores al momento de dar aplicación a esta nueva ley:

Dictamen N°213/07 sobre ley de 40 horas

Esta semana, la Dirección del Trabajo publicó el Dictamen N°213/07, el cual determina el sentido y alcance del nuevo artículo 22 inciso 1° del Código del Trabajo, y resuelve otras consultas referente a horarios y turnos pactados en contratos individuales y/o colectivos de trabajo. En dicho Dictamen, se establecieron las siguientes definiciones y conceptos a tener en cuenta por los empleadores al momento de dar aplicación a esta nueva ley: